MMD Abogados defendemos en primer término la finalidad resocializadora de la pena, que el penado no es un ser eliminado de la sociedad, sino una persona que continúa formando parte de la misma, incluso como miembro activo, si bien sometido a un particular régimen jurídico, motivado por el comportamiento antisocial a aquel y encaminado a preparar su vuelta a la vida libre en las mejores condiciones para ejercitar socialmente su libertad.
MMD Abogados hacemos un seguimiento completo y hasta el final del caso de nuestros clientes
El fin primordial de las Instituciones Penitenciarias es la reeducación y reinserción social de los penados, teniendo a su cargo una labor asistencial y de ayuda para estos y los librados.
El régimen penitenciario se regula por la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
La confianza y el trato cercano entre el cliente y nuestro despacho son nuestras principales características y puntos de partida.
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